viernes, 12 de julio de 2013

Recibo una notificación por correo certificado: una demanda judicial. Acaba de comenzar una experiencia inolvidable.
En primer lugar se me requiere asistir al juzgado asistido de abogado y procurador. En fin es lo que marca la Ley y es de justicia cumplir con la ley. ¿no? (¿todos?).
A continuación leo detenidamente la demanda y me horrorizo al comprobar las mentiras que contiene. Cuando posteriormente hablo con mi abogada acabo deprimido, ya que me explica que se puede mentir. De hecho me dice que yo también deberé hacerlo.
Ya ha quedado clara la primera conclusión: las personas honradas (que no mienten, no engañan, ni utilizan trucos) salimos en posición de desventaja. Si quieres no perder demasiado en un juicio tendrás que mentir más que la otra parte.
Vamos a juicio. Me sorprende que las partes somos meras marionetas bajo los hilos de abogados y juez. Las partes no pueden expresar nada. Sólo responder a las preguntas. Obviamente la respuesta a la demanda la prepara la abogada, poniendo en ella lo que le parece.
Llegamos a la segunda conclusión: Has perdido el control de tu vida, ya que los actos que el juzgado reconoce como tuyos no son los tuyos, sino los de tu abogado. Y tú no puedes ni protestar.
En la vista se incumplen varias leyes, aunque no quiero enumerar ya que se trata de un procedimiento de familia y hay un menor afectado.
Tras este proceso se inicia otro de liquidación de sociedad de gananciales. De nuevo lo mismo. Pero como no recibo información de mi abogada, me dirijo al juzgado para preguntar si hay sentencia. Me dicen que hable con mi abogada. Mi abogada no me informa. Que hable con mi abogada...
Tercera conclusión: En los juzgados se incumplen las leyes de forma habitual, ya que el personal del juzgado está obligado a informar al interesado sobre el estado de su caso. Además de los otros incumplimientos que indicaba antes.
Trato de hablar con el procurador y finalmente lo consigo. Le digo que me envía las comunicaciones del juzgado y se niega. Me dice que los abogados son muy suyos y se las enviará a mi abogada.
Cuarta conclusión: Los intermediarios que me obliga la ley a contratar no trabajan realmente para mí, sino para otros, pese a que la ley le obliga a dirigirme a mí las notificaciones y opcionalmente al abogado, no al revés.
Finalmente me llega la sentencia, pero tres semanas después de que se le haya notificado al procurador (a efectos del juzgado cuenta la fecha de notificación al procurador, da lo mismo si yo la he recibido o no).
Yo reflexiono acerca de la sentencia y todavía no doy instrucciones a mi abogada.
Ella presenta un recurso, ya que se agota el plazo (que había transcurrido mayormente con el documento en algún cajón), sin mi conocimiento y con el contenido que le parece.
Cuando me lo dice, acudo al juzgado para decir que ese recurso no lo he puesto yo. Que hable con mi abogado. ¡Pero si hace lo que le parece!. Que hable con mi abogado...
Quinta conclusión: a las personas del juzgado no le importas. No hay derechos, leyes, garantías ni nada parecido. Sólo papeles que tienen una redacción formal que les da una apariencia de legalidad.
Finalmente mi abogada quita el recurso (yo no podía) y el juzgado responde que la otra parte puede reclamarme costas (afortunadamente no lo hizo).
Ahora no puedo continuar con la liquidación de gananciales ya que no tengo dinero (hay que pagar abogado, procurador, peritos, tasas..., para otros dos juicios y por cuantía, lo que serán cantidades astronómicas).
Sexta conclusión: La Justicia en España es muy, muy cara, aunque en la Constitución se indique que todos los españoles tienen derecho a ella. No es cierto, unos tienen derecho a beneficiarse de ella y otros a sufrirla.

Por tanto, como dijo la gitana... "Más vale un mal acuerdo que un buen juicio."